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Condiciones generales

Última actualización el

Las presentes condiciones generales enmarcan las misiones confiadas a A 6 SRL, que explota la marca comercial e-motion. Se aplican al transporte de vehículos, a su guarda y al acompañamiento de eventos. La identificación completa de la sociedad — domicilios, número de empresa, IVA y licencia de transporte — figura en nuestro aviso legal.

En resumen

Este resumen no tiene ningún valor contractual: solo obligan las cláusulas que siguen. Está aquí para que sepa dónde mirar.

  • Una solicitud enviada desde este sitio no reserva nada. El contrato nace de su aceptación escrita de nuestro presupuesto.
  • El precio se calcula sobre lo que usted nos declara del vehículo y del trayecto. Una declaración inexacta nos autoriza a rechazar la misión o a tarificarla de nuevo.
  • Un riesgo particular — carrocería de carbono, vehículo rebajado, anchura fuera de norma, riesgo de desarticulación — se comunica antes de la misión. Si se silencia, nos exime de toda responsabilidad en caso de siniestro.
  • El presupuesto cubre la carga en el punto de recogida y la descarga en el punto de entrega. Cualquier otra manipulación es un suplemento, y queda fuera de la cobertura.
  • El estado del vehículo se constata y se fotografía con usted en la salida y en la llegada. Es esa prueba la que zanja un litigio — sus reservas, por su parte, se anotan en la carta de porte en la entrega.
  • Circulamos bajo condiciones CMR, con un reaseguro de 850 000 € por coche y 1 350 000 € por transporte, de la carga a la descarga del camión.
  • Un daño se comunica en la entrega si es visible, en un plazo de siete días si no lo es. Pasados esos plazos, la reclamación se pierde.
  • Si usted es consumidor, varias cláusulas juegan de otro modo a su favor: se señalan en cada caso.

1. Objeto, ámbito de aplicación y orden de prelación

1.1 Estas condiciones rigen toda solicitud, todo presupuesto, todo pedido y toda misión, sea cual sea el servicio: transporte cerrado, transporte abierto, transporte urgente, guardacoches seguro, acompañamiento de eventos, y las opciones que se les añadan.

1.2 En caso de contradicción, los documentos se aplican en este orden: las normas imperativas — Convenio CMR y derecho belga de consumo en particular — primero, después el acuerdo particular firmado entre nosotros, después el presupuesto aceptado, y después las presentes condiciones.

1.3 Sus propias condiciones de compra no nos son oponibles, salvo que las hayamos aceptado por escrito. Ejecutar una misión no equivale a aceptarlas.

1.4 La versión aplicable es la vigente en la fecha de su pedido. La fecha de la última revisión figura en la parte superior de esta página; conservamos las versiones anteriores y se las facilitamos si las pide.

2. Definiciones

Cliente — la persona física o jurídica que acepta el presupuesto y a quien se dirige la factura.

Ordenante — quien encarga la misión. Puede ser el propio Cliente o un intermediario: concesionario, taller, gestor de colección, aseguradora.

Propietario — a quien pertenece el vehículo. No es necesariamente el Cliente.

Vehículo — el vehículo confiado, junto con sus equipamientos fijos y sus accesorios declarados.

Misión — el conjunto de las prestaciones descritas en el presupuesto aceptado.

Recogida y Entrega — la toma a cargo y la devolución del Vehículo, cada una recogida en un acta de estado.

Acta de estado — la constatación contradictoria, escrita y fotográfica, levantada con usted en la salida y en la llegada.

Consumidor — toda persona física que actúa con fines ajenos a su actividad profesional. Las cláusulas que le son propias se señalan.

3. Presupuesto, pedido y formación del contrato

3.1 El configurador en línea y el formulario de contacto permiten presentar una solicitud. No constituyen ni un pedido ni una reserva: no se bloquea ningún camión ni se retiene ninguna fecha.

3.2 Respondemos con un presupuesto en firme en las veinticuatro horas laborables siguientes a una solicitud completa. Una solicitud presentada fuera de nuestro horario de oficina se atiende al reanudarlo; una solicitud urgente se atiende por teléfono.

3.3 Salvo mención en contrario, un presupuesto es válido treinta días. Pasado ese plazo, los precios y la disponibilidad deben confirmarse de nuevo.

3.4 El contrato se forma con su aceptación escrita del presupuesto. Basta un correo electrónico. A falta de aceptación escrita, el inicio de ejecución solicitado por usted equivale a aceptación.

3.5 El presupuesto se elabora sobre la base de sus declaraciones (artículo 4). Solo obliga para un vehículo y un trayecto conformes con lo declarado.

3.6 Podemos supeditar la programación de una misión al pago de un anticipo, en particular en una primera misión o cuando el Cliente es un particular. Su importe se indica en el presupuesto y se descuenta de la factura final.

4. Lo que usted declara, lo que usted prepara

Este artículo es el núcleo del contrato. Un transporte se prepara sobre información, y tanto el material como la cobertura del seguro dependen de ella.

4.1 Título y facultad. Usted declara ser el Propietario del Vehículo o estar debidamente autorizado por él, y disponer de la facultad de hacerlo trasladar. Cuando encarga para un tercero, garantiza contar con su acuerdo y estar habilitado para recibir en su nombre la información relativa a la misión.

4.2 El vehículo. Usted nos comunica la marca y el modelo, y nos señala toda particularidad relevante: peso, dimensiones, anchura superior a 1,95 m, altura, altura libre baja, gálibo fuera de norma, carácter rodante o no rodante, tipo de cambio, combustible, procedimiento de arranque y de desconexión, puntos de amarre previstos por el fabricante, presencia de antirrobo, localizador o corta-corriente, capota o techo solar, carrocería de carbono o de aluminio, piezas desmontadas o no fijadas. Aquellas particularidades que constituyan un riesgo quedan además sujetas al punto 4.3.

4.3 Riesgo particular o excesivo. Usted se compromete a advertirnos previamente de todo riesgo particular o excesivo que presente el Vehículo, para que podamos adaptar el modo de transporte, el precio y las reservas en consecuencia, o rechazar la misión. Constituyen tal riesgo, en particular y sin que esta lista sea limitativa: una carrocería de riesgo — carbono, aluminio, material compuesto —, un vehículo rebajado, un vehículo de anchura superior a 1,95 m, y un vehículo con riesgo de desarticulación — carrocería o elementos no fijados, estructura fatigada, restauración en curso, secuelas de accidente. Si la misión se ejecuta pese a todo sin esa información, no asumimos ninguna responsabilidad en caso de siniestro.

4.4 Vehículos eléctricos e híbridos. Una batería de tracción dañada, accidentada, hinchada, sujeta a una llamada a revisión del fabricante o de estado incierto debe comunicársenos antes de la misión. El transporte queda entonces sujeto a condiciones particulares y puede ser rechazado: se aplica la normativa de mercancías peligrosas, y ningún equipo carga una batería sospechosa sin saberlo.

4.5 Valor. Usted nos declara el valor del Vehículo. Esa declaración forma parte del precio y determina lo que hay que prever cuando supera los límites del artículo 10.

4.6 Preparación. Antes de la Recogida: depósito poco lleno, alarma desactivada o código facilitado, efectos personales y documentos personales retirados, documentación del Vehículo disponible, juegos de llaves entregados contra recibo.

4.7 Ninguna mercancía a bordo. El Vehículo no puede contener mercancías, equipaje, objetos de valor ni materias reguladas. Esos objetos no están cubiertos, su pérdida no puede reprochársenos, y su presencia puede constituir una infracción aduanera de la que responde usted solo.

4.8 Consecuencias de una declaración inexacta. Si el Vehículo o el trayecto no se corresponden con lo declarado, podemos, a nuestra elección: rechazar la Recogida, ajustar el precio a los medios realmente necesarios, o aplazar la misión. Los gastos incurridos — desplazamiento en vacío, material movilizado, tiempo de espera — se le facturan. Una declaración inexacta priva además al Vehículo de la cobertura descrita en el artículo 10; si se trata de un riesgo particular silenciado, se aplica el punto 4.3.

5. Recogida, entrega y constatación del estado

5.1 Accesibilidad. Nuestros conjuntos necesitan espacio para maniobrar y desplegar sus rampas. Usted nos señala con antelación toda limitación de acceso: calle estrecha, altura limitada, pendiente, suelo blando, aparcamiento subterráneo, portón. Si el acceso resulta impracticable, acordamos juntos un punto de encuentro viable en las inmediaciones; los gastos del trayecto adicional siguen el artículo 7.

5.2 Una persona habilitada. Tanto en la Recogida como en la Entrega debe estar presente una persona mayor de edad habilitada para la constatación del estado y la entrega. Puede designar a un tercero por escrito; en ese caso entregamos el Vehículo y sus llaves a esa persona, contra recibo.

5.3 La constatación. El Vehículo se inspecciona y se fotografía en su presencia antes de la carga, y de nuevo en la Entrega, frente a las imágenes de salida. El acta así levantada, y la comparación de las dos series de fotografías, dan fe del estado del Vehículo. Sus reservas se anotan en la carta de porte en el momento de la Entrega (artículo 5.4).

5.4 Reservas — plazos imperativos. Un daño visible debe mencionarse por escrito en la carta de porte en el momento de la Entrega. Un daño no visible debe comunicársenos por escrito en un plazo de siete días desde la Entrega, sin contar domingos ni festivos. Un retraso debe ser objeto de reserva escrita en un plazo de veintiún días. Una carta de porte firmada sin reservas hace presumir que el Vehículo se entregó en el estado descrito en la salida, y pasados esos plazos la reclamación se pierde.

5.5 Ausencia, rechazo, espera. Si no se presenta nadie, o si la Entrega se rechaza sin motivo legítimo, le contactamos y esperamos dentro del límite razonable de nuestras obligaciones siguientes. A falta de solución, el Vehículo se devuelve o se deposita en guarda por su cuenta y riesgo, y se factura una segunda presentación.

5.6 Treinta minutos de espera están incluidos en cada extremo. Más allá, la espera se factura por hora iniciada a la tarifa indicada en el presupuesto.

6. Plazos

6.1 Las fechas y horas anunciadas son indicativas, salvo franja en firme acordada por escrito. En una misión urgente, la hora de recogida se anuncia durante la llamada y la cumplimos.

6.2 Pueden afectar a un plazo sin sernos imputables: el tráfico, la meteorología, el cierre o la restricción de un itinerario, un control de carretera, una operación aduanera, la normativa imperativa sobre tiempos de conducción y descanso, y la fuerza mayor (artículo 16).

6.3 La indemnización por retraso se limita al precio del transporte, conforme al Convenio CMR, y presupone la reserva escrita prevista en el artículo 5.4.

6.4 Si usted es Consumidor y se ha acordado una fecha en firme, su incumplimiento le permite, tras un requerimiento que haya quedado sin efecto, resolver el contrato sin gastos y obtener el reembolso de las cantidades abonadas.

7. Precio, suplementos y facturación

7.1 No trabajamos con tarifas a tanto alzado. Un precio se construye sobre la distancia y el itinerario, el tipo de camión, el carácter exclusivo o agrupado del convoy, el valor declarado y el nivel de cobertura elegido, el plazo solicitado, la naturaleza del Vehículo y las opciones contratadas.

7.2 Los precios se expresan sin IVA, en euros.

7.3 Lo que incluye el presupuesto. Nuestros presupuestos cubren la carga del Vehículo en el punto de recogida y su descarga en el punto de entrega, y nada más. Toda manipulación adicional — reposicionamiento sobre el terreno, desplazamiento intermedio, colocación en un estand o dentro de un edificio, maniobra solicitada por un tercero, carga o descarga en un punto distinto del previsto en el presupuesto — se cuenta como suplemento. El artículo 10.3 extrae de ello las consecuencias en materia de responsabilidad.

7.4 Salvo mención en contrario en el presupuesto, no están incluidos en el precio: las travesías marítimas y los túneles de peaje, las formalidades, derechos y tasas aduaneras, los impuestos de importación, los gastos de aparcamiento, inmovilización o retirada por grúa, la espera por encima del tiempo incluido, una segunda presentación, el uso del cabrestante en un vehículo anunciado como rodante, la limpieza, y la guarda que no se hubiera encargado.

7.5 El IVA se aplica según el régimen propio del Cliente y del trayecto. Para un cliente profesional establecido en otro Estado miembro de la Unión, la factura se emite sin IVA belga, al ser el impuesto exigible al destinatario. Un transporte vinculado a una exportación sigue el régimen de exención aplicable.

7.6 La factura se emite al término de la misión, salvo anticipo o pago previo acordado.

8. Pago

8.1 Nuestras facturas son pagaderas en el plazo de treinta días desde su fecha, por transferencia a la cuenta indicada. El pago en efectivo está limitado por ley y no puede superar los 3 000 €.

8.2 Retraso en el pago de un Cliente profesional. Toda cantidad impagada a su vencimiento devenga de pleno derecho intereses al tipo previsto por la ley belga de 2 de agosto de 2002 sobre la morosidad, y da lugar a una indemnización a tanto alzado de 40 € por gastos de recobro, sin perjuicio de los gastos realmente incurridos. No es necesario ningún requerimiento previo.

8.3 Retraso en el pago de un Consumidor. El primer recordatorio es gratuito y abre un plazo de catorce días antes de que pueda reclamarse gasto alguno. Los intereses y la eventual indemnización están limitados conforme al libro XIX del Código de Derecho Económico belga.

8.4 Derecho de retención. Podemos retener el Vehículo, así como sus llaves y su documentación, hasta el pago íntegro de las cantidades debidas por la misión que le concierne. Los gastos de guarda devengados durante la retención corren a cargo del Cliente.

8.5 En caso de impago, podemos suspender las misiones en curso o futuras tras habérselo comunicado.

8.6 El Cliente profesional no puede compensar unilateralmente ni retener un pago alegando una reclamación aún no resuelta. Esta cláusula no se aplica al Consumidor.

9. Anulación, aplazamiento y ausencia

9.1 Toda anulación o solicitud de aplazamiento se hace por escrito.

9.2 Anulación por el Cliente. Más de siete días antes de la fecha acordada: sin gastos. Entre siete días y cuarenta y ocho horas: 25 % del precio. Menos de cuarenta y ocho horas: 50 % del precio. Cuando el camión ya está en ruta, o cuando una misión urgente ya se ha iniciado: 100 % del precio, más los gastos realmente incurridos.

9.3 Anulación por nuestra parte. Si anulamos una misión por una causa que nos sea imputable, el anticipo se reembolsa íntegramente y asumimos los gastos directos y justificados que esa anulación le haya ocasionado.

9.4 Aplazamiento. Un primer aplazamiento solicitado con más de cuarenta y ocho horas de antelación no tiene coste, sujeto a nuestra disponibilidad. Los siguientes siguen la escala del punto 9.2.

9.5 Ausencia en la Recogida. Un vehículo no presentado en la cita acordada se trata como una anulación tardía, incrementada con el tiempo de espera y el regreso en vacío.

10. Seguro y responsabilidad

10.1 Régimen aplicable. Nuestros transportes internacionales se rigen por el Convenio CMR (Ginebra, 19 de mayo de 1956), de carácter imperativo: toda cláusula que se apartara de él sería nula. Nuestros transportes nacionales se rigen por el derecho belga, aplicándose las normas CMR por acuerdo entre las partes. El régimen legal limita la indemnización a 8,33 DEG por kilogramo de peso bruto faltante — un límite muy inferior al valor de un vehículo de excepción, y precisamente la razón de la cláusula siguiente.

10.2 Reaseguro. Por encima de ese límite legal, nuestros transportes están cubiertos bajo condiciones CMR acompañadas de un reaseguro de hasta 850 000 € por coche, con un tope de 1 350 000 € por transporte. Esa cobertura corre de la carga a la descarga del camión, en las condiciones y dentro de los límites de la póliza, cuyo texto se le facilita si lo solicita.

10.3 Fuera de la carga y la descarga. Toda prestación adicional en el sentido del artículo 7.3 se realiza, salvo acuerdo escrito en contrario por nuestra parte, bajo la autoridad y la responsabilidad del Ordenante o de su representante. Lo que ocurre antes de la carga y después de la descarga no queda amparado por la cobertura anterior.

10.4 Valor declarado. El valor del Vehículo se nos declara antes de la misión (artículo 4.5). Cuando supera los límites del punto 10.2, la parte excedente no está cubierta: comuníquelo, y se construye una solución antes de la salida — ampliación de la póliza, declaración de valor en el sentido del artículo 24 del Convenio CMR, o su propia póliza de «valor acordado» (artículo 10.10). En su defecto, la indemnización queda limitada a los importes del punto 10.2.

10.5 Lo que no está cubierto. Quedan excluidos, en particular: el estado previo constatado en el acta de salida, el vicio propio del Vehículo, el desgaste y la corrosión, una avería mecánica, eléctrica o electrónica no causada por el transporte, la descarga de una batería en ausencia de la opción de mantenimiento de carga, los efectos personales y objetos dejados a bordo, las mercancías no declaradas, los combustibles y fluidos, los daños derivados de una declaración inexacta en el sentido del artículo 4 o de un riesgo particular no comunicado en el sentido del punto 4.3, y la inmovilización ordenada por una autoridad.

10.6 Daños inmateriales. No son indemnizables la pérdida de uso, la pérdida de una venta, la participación frustrada en un evento, el lucro cesante y, en general, todo perjuicio indirecto o inmaterial. El Convenio CMR también los excluye.

10.7 Dolo y culpa grave. Ninguna de las limitaciones anteriores se aplica en caso de dolo o culpa grave por nuestra parte o por parte de nuestros empleados.

10.8 Reclamación. Una reclamación presupone las reservas del artículo 5.4, seguidas de una declaración escrita y detallada. No haga reparar el Vehículo antes de que pase el perito: una reparación emprendida antes de la constatación impide valorar el daño y puede hacer perder el beneficio de la cobertura. Declaramos el siniestro a nuestra aseguradora y le mantenemos informado de la instrucción.

10.9 Prescripción. Toda acción prescribe al cabo de un año desde la Entrega, o de tres años en caso de dolo, conforme al artículo 32 del Convenio CMR.

10.10 Su propio seguro. Nuestros límites no sustituyen a una póliza de «valor acordado». Si el valor de su Vehículo los supera, revise su propia cobertura antes de la misión y háblenos de ello: una solución específica se construye antes de la salida, nunca después.

11. Guarda de vehículos

11.1 La guarda es objeto de un contrato de depósito distinto del transporte, cuyas condiciones particulares figuran en el presupuesto. Las presentes condiciones se le aplican en lo demás.

11.2 Duración. El depósito se concierta por meses, prorrogado tácitamente de mes en mes. Todo mes iniciado se adeuda. La recogida del Vehículo se anuncia con un preaviso de cinco días hábiles.

11.3 Acceso. El Vehículo es accesible con cita previa, en horario de oficina. Ningún tercero accede a él sin su acuerdo escrito.

11.4 Lo que hacemos — y lo que no. El Vehículo se custodia a cubierto, en un edificio cerrado y vigilado. No prestamos ni mantenimiento, ni reparación, ni inspección técnica, ni prueba en carretera. El mantenimiento de carga de la batería es una opción, que debe encargarse.

11.5 Cobertura durante el depósito. La cobertura aplicable durante la guarda es distinta de la del transporte — que se detiene en la descarga (artículo 10.2) — y se precisa en el presupuesto. Un vehículo estacionado no es un vehículo en curso de transporte, y ambos no se rigen por el mismo régimen.

11.6 Impago y vehículo no retirado. En caso de impago, le enviamos un requerimiento; los gastos de guarda siguen devengándose. Si el Vehículo no se retira ni se paga, hacemos valer nuestro derecho de retención y, a falta de solución, iniciamos el procedimiento legal de ejecución de la prenda. Nunca actuamos sin haberle escrito antes.

12. Acompañamiento de eventos

12.1 Entregamos, reposicionamos y recogemos los vehículos en concursos, salones, carreras históricas y concentraciones, dentro de las franjas impuestas por el organizador.

12.2 No respondemos de las decisiones del organizador: franja modificada, acceso denegado, evento aplazado o anulado, limitaciones del reglamento del recinto. Los gastos que de ello se deriven quedan a su cargo.

12.3 Sobre el terreno, el Vehículo se desplaza al paso, sobre la distancia estrictamente necesaria. No conducimos ningún vehículo en circuito ni participamos en ninguna prueba, ni de test ni de competición.

12.4 Un desplazamiento, un reposicionamiento o una colocación en el recinto son prestaciones adicionales en el sentido de los artículos 7.3 y 10.3: se valoran en el presupuesto y, a falta de acuerdo escrito que extienda nuestra cobertura a esas operaciones, se realizan bajo la autoridad y la responsabilidad del Ordenante. Cuando el evento es el núcleo de la misión, ese acuerdo se cierra antes de la salida.

13. Aduana y trayectos fuera de la Unión Europea

13.1 Para un trayecto que implique a un tercer país — Reino Unido, Suiza o Noruega, en particular — usted nos facilita en tiempo útil toda la documentación exigida, y sigue siendo declarante e importador, salvo acuerdo escrito en contrario.

13.2 Los derechos, tasas, gastos de representación aduanera, fianzas y cuadernos ATA corren a su cargo.

13.3 Los retrasos, controles e inmovilizaciones decididos por una autoridad aduanera no nos son imputables y no dan lugar a indemnización alguna.

14. Subcontratación

Nuestras misiones las ejecutan nuestros propios equipos y nuestro propio material. Cuando las circunstancias exigen la colaboración de un colega transportista o de otra sociedad del grupo, seguimos siendo los únicos responsables ante usted de la correcta ejecución, e imponemos al subcontratista las mismas exigencias que las descritas en nuestra política de seguridad.

15. Confidencialidad, discreción e imagen

15.1 Cada una de las partes considera confidenciales la información, los precios y los documentos intercambiados.

15.2 No comunicamos ni la identidad de nuestros clientes, ni los vehículos transportados, ni los lugares y fechas de una misión. La discreción no es una opción de nuestro servicio: es una condición de él.

15.3 Las fotografías de estado son pruebas: nunca se publican. Una imagen solo puede utilizarse con fines comerciales con su consentimiento explícito, revocable en cualquier momento y sin justificación, mediante un simple mensaje a info@e-motion.be.

16. Fuerza mayor

Constituye fuerza mayor todo acontecimiento ajeno a nuestro control razonable que impida la ejecución: catástrofe natural, incendio, inundación, guerra, atentado, disturbios, huelga general o bloqueo de las vías, epidemia y medidas sanitarias, fallo general de las redes de energía o de telecomunicaciones, decisión de una autoridad. La ejecución queda suspendida mientras dure el acontecimiento. Si el impedimento persiste más de treinta días, cualquiera de las partes puede resolver el contrato sin indemnización, quedando debidas las prestaciones ya ejecutadas.

17. Datos personales

El tratamiento de los datos vinculados a una solicitud, un presupuesto o una misión se describe en nuestra política de privacidad, que indica qué recogemos, para qué, durante cuánto tiempo y cómo ejercer sus derechos.

18. Disposiciones diversas

18.1 La nulidad de una cláusula no afecta a las demás. Una cláusula nula se sustituye por una cláusula válida que persiga el mismo objetivo en la medida en que la ley lo permita.

18.2 El Cliente no puede ceder el contrato sin nuestro acuerdo escrito.

18.3 Las notificaciones se realizan válidamente por correo electrónico a las direcciones que figuran en el presupuesto.

18.4 Estas condiciones existen en francés, inglés, neerlandés, español, alemán e italiano. En caso de divergencia, prevalece la versión francesa — salvo frente a un Consumidor, que puede invocar la versión en la lengua en la que haya contratado.

19. Reclamaciones, mediación y derecho aplicable

19.1 Diríjanos primero su reclamación, a info@e-motion.be o al +32 2 347 40 30. Acusamos recibo y le respondemos lo antes posible. La mayoría de las discrepancias se resuelven ahí.

19.2 Si usted es Consumidor y nuestra respuesta no le satisface, puede acudir gratuitamente al Servicio de Mediación para el Consumidor, en Bruselas, antes de cualquier procedimiento judicial.

19.3 El contrato se rige por el derecho belga, sin perjuicio de la aplicación imperativa del Convenio CMR. Los litigios con un Cliente profesional corresponden a los tribunales de Bruselas. Si usted es Consumidor, conserva el derecho a llevar el litigio ante el órgano jurisdiccional que designe la ley, en particular el de su domicilio.